ANTECEDENTES LEGALES DE LA PROPIEDAD
1) COPIA DE LA ESCRITURA DE COMPRAVENTA (de cuando se adquirió la
vivienda), Y
DEMAS TITULOS TRASLATICIOS DE DOMINIO, HASTA
ENTERAR EL PLAZO DE 10 AÑOS.
I. DOCUMENTOS QUE SE SOLICITAN EN EL
CONSERVADOR DE BIENES RAICES
CORRESPONDIENTE A LA PROPIEDAD.
1) INSCRIPCION DE DOMINIO CON NOTAS MARGINALES
VIGENTES, EMITIDAS CON FECHA NO
SUPERIOR A 60 DIAS.
2) CERTIFICADO DE HIPOTECAS Y GRAVAMENES E
INTERDICCIONES DE ENAJENAR 30 AÑOS
CON CERTIFICADO DE LITIGIOS, EMITIDAS CON FECHA NO
SUPERIOR A 60 DIAS.
3) CERTIFICADO DE DESLINDES O PLANO DE LOTEO O COPROPIEDAD PARA COPIAR DESSLINDES
4) COPIA DE INSCRIPCION DE LA HIPOTECA Y
PROHIBICIÓN BANCOESTADO (siempre y cuando
la propiedad tenga deuda hipotecaria vigente con
Banco Estado)
II. CERTIFICADOS QUE SE SOLICITAN EN LA
DIRECCION DE OBRAS DE LA
MUNICIPALIDAD CORRESPONDIENTE A LA PROPIEDAD.
ESTOS 4 PRIMEROS DOCUMENTOS SON IMPORTANTES. SI LA
PROPIEDAD NO CUMPLE CON
ESTOS REQUISITOS, NO SE PODRÁ VENDER CON SUBSIDIO.
1) ACOGIDO AL DFL 2 1959
2) PERMISO DE EDIFICACION
3) RECEPCION FINAL
4) PLANO DE PLANTA DE LA VIVIENDA (planta de
arquitectura con timbre de la Dirección de Obras
Municipales, para verificar que cuenta con a lo
menos 3 recintos: dormitorio, estar-comedor, cocina y
baño).
5) NUMERO
6) VIVIENDA SOCIAL
7) NO EXPROPIACION
8) BASURA
III. DOCUMENTO QUE SE SOLICITA EN EL SERVICIO
DE IMPUESTOS INTERNOS. (SII)
1) ROL DE AVALUO DETALLADO (informa además
del avalúo, el metraje de la propiedad, tanto de lo
construido, como del terreno)
IV. DOCUMENTO QUE SE SOLICITA EN EL SERVICIO
DE VIVIENDA Y URBANISMO
(SERVIU). ARTURO PRAT #80. PRIMER PISO.
1) NO EXPROPIACION SERVIU.
V. ANTECEDENTES PERSONALES DEL VENDEDOR(A).
1) FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE IDENTIDAD POR AMBOS
LADOS.
2) ACREDITAR ESTADO CIVIL:
· SOLTERO (A): CERTIFICADO DE SOLTERÍA SACADO EN NOTARÍA
CON 2 TESTIGOS NO PARIENTES.
· CASADO (A): CERTIFICADO DE MATRIMONIO Y FOTOCOPIA
DE LA C.I. DEL CONYUGE.
· VIUDO (A): CERTIFICADO DE MATRIMONIO Y DEFUNSION
DEL CONYUGE.
3) ÚLTIMA CUENTA DE LUZ Y AGUA. (DEBEN ESTAR AL
DIA).
4) DEUDA HIPOTECARIA (sólo en caso de que la
propiedad tenga deuda hipotecaria vigente, y se pide
en Servicio al Cliente del
Banco donde se debe)
ANTECEDENTES
NECESARIOS PARA PROCEDER AL ESTUDIO DE TÍTULOS
Antecedentes
del Inmueble.
Títulos.
Títulos vigentes:
Copia de la inscripción de
dominio con vigencia de no más de 45 días.
Certificado
de gravámenes y prohibiciones de 30 años con vigencia de no más de 45 días.
Copia de la escritura con la
cual se efectuó la inscripción.
Si la propiedad se ha adquirido por herencia:
Copia inscripción especial de
herencia con vigencia de no más de 45 días.
Copia de
la inscripción de la posesión efectiva con anotación marginal relativa al pago
de impuestos.
Copia del testamento y su
inscripción, si lo hay.
Copia del inventario de los
bienes protocolizado.
Títulos anteriores hasta completar 10 años.
Copias
de las inscripciones de dominio a nombre de los antecesores en el dominio hasta
10 años.
Copias
de las escrituras en mérito de las cuales se practicaron las inscripciones
antes señaladas. En caso de sucesiones los mismos antecedentes referidos en
letra B).anterior
Antecedentes
legales de las propietarias anteriores personas jurídicas.
Predios rústicos con derechos de agua, además:
Los
mismos antecedentes del dominio vigente y títulos anteriores, en relación con
los derechos de agua.
Certificado
de la asociación de canalistas respectivos que acredite que no existen deudas.
En caso de inmuebles Ex . Cora,
tratándose de Derechos de Agua inscritos conforme al artículo 5º transitorio
del Código de Aguas, copia del estudio de distribución de aguas respectivo.
Antecedentes
de las edificaciones, fusiones y/o subdivisiones predios urbanos.
Sitio resultante de subdivisión:
Copia del plano de subdivisión
con constancia de su archivo en el Conservador de Bs. Rs.
Resolución municipal que
autoriza la subdivisión, en caso de primera transferencia.
Certificado de urbanización
ejecutada o garantizada en caso de primera transferencia.
Certificado de numeración
municipal en caso de primera transferencia.
Certificado de asignación de
roles en trámite o de asignación de roles en caso de primera transferencia.
Sitio resultante de fusión:
Títulos de 10 años solicitados
en Nº1 de todos los inmuebles que dan origen al sitio resultante de la fusión.
Resolución Municipal que
autorizó la fusión.
Copia del plano de fusión con
constancia de su archivo en el Conservador de Bs. Rs.
Certificado de numeración
municipal del nuevo sitio.
Edificaciones nuevas, además de antecedentes indicados según
proceda:
Permiso de edificación. Si está
acogido al D.F.L. Nº2 de 1959, debidamente reducido a escritura pública.
Certificado de recepción final.
Nómina de proyectistas y
constructores (art.18 LGUC).
Edificaciones nuevas acogidas a la Ley 19.537 Sobre Copropiedad,
además de lo anterior:
Certificado municipal que acoge
el inmueble al régimen de copropiedad inmobiliaria y señala las unidades que
son enajenables, con indicación de la fecha y notaría a la que se redujo el
reglamento de copropiedad y datos de su inscripción. (art. 10).
Copia de los planos de venta por
pisos, archivados en el Conservador de Bs.Rs, junto con el certificado.
Copia de la escritura pública en
la que conste el Reglamento de Copropiedad.
Copia de
la inscripción del R. de Copropiedad en el Conservador de Bs. Rs.
3 Certificados
y otros documentos.
Certificado
de deudas de contribuciones emitido por la Tesorería General de la República
del rol o los roles correspondientes al inmueble.
Recibos
de pago de la última cuota de contribuciones y de todas la demás cuotas que
aparezcan vencidas en el certificado de deudas de contribuciones.
Certificado
de no expropiación emitido por el SERVIU competente con no más de 30 días de
emisión.
Informe
de afectación a utilidad pública o certificado de no expropiación municipal con
no más de 30 días de emisión.
Certificado
de numeración municipal si ella hubiese cambiado o no aparece en la inscripción
de dominio.
Copia
del contrato de promesa de compraventa si existiese.
4 Predios rústicos.
Inmueble
resultante de una subdivisión: plano de subdivisión debidamente aprobado por el
S.A.G. y archivado en el Conservador de Bs. Rs. En caso de no haberse archivado
aún el plano debe acompañarse debidamente protocolizado.
Reglamento
del Loteo debidamente inscrito, si lo hubiere.
En caso
de parcelas ex Cora, acreditar el pago de la Deuda Cora.
En caso
de primera transferencia parcelas ex Cora además certificado pago deudas Indap.
ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA SOLICITAR
CRÉDITO HIPOTECARIO VIVIENDAS USADAS
SOLICITANTE
Fotocopia de la cédula nacional de identidad del comprador y de su cónyuge, si corresponde
Acreditar Estado Civil:
Si fuere soltero, casado en régimen de sociedad conyugal o viudo, Declaración Jurada otorgada ante Notario y 2 testigos en formulario Banco Estado. (Notaria)
Si fuere casado en régimen separación total de bienes, participación en los gananciales, divorciado o separado judicialmente, acompañar Certificado de Matrimonio con sus
anotaciones emitido con una antigüedad no superior a 30 días (Registro Civil)
VENDEDOR PERSONA JURÍDICA
RUT del vendedor
Antecedentes sociales completos de la sociedad vendedora:
Copia autorizada de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad. De no tenerla solicitarla en el Archivo Judicial de su ciudad.
Copia de la inscripción del extracto de dicha escritura en el Registro de Comercio, con constancia de sus anotaciones marginales y con certificación de vigencia, otorgado en
los últimos 60 días. (Conservador de Bienes Raíces)
Copia de la publicación del extracto de dicha escritura en el Diario Oficial o, en su defecto, señalar la fecha de su publicación
Si la sociedad ha experimentado modificaciones, además se requiere acompañar, respecto de cada modificación de estatutos:
Copia de la escritura pública de modificación de Sociedad,
Copia de la inscripción del extracto de dicha escritura en el Registro de Comercio,
Copia de publicación del extracto de dicha escritura en el Diario Oficial o, en su defecto, señalar la fecha de su publicación
Poderes:
Sociedades Anónimas:
Acompañar el respectivo acuerdo de directorio, reducido a Escritura Pública
Acuerdo de la Junta Extraordinaria de accionistas en la que se autorice enajenar el 50% o mas del activo social. (Ley 18.046 articulo 67).
Si la Sociedad fuere Anónima cerrada, debe acompañarse certificado otorgado por el gerente general o por un notario público que acredite la composición
del directorio de la sociedad a la fecha en que se adoptó el acuerdo respectivo, todo ello según consta en el registro público que debe llevar la sociedad de
acuerdo al articulo 135 de la ley 18.046
Si la Sociedad fuere de responsabilidad limitada, en el evento que la sociedad ha otorgado mandatos, se requiere la o las escrituras públicas correspondientes
a los poderes que se encuentran vigentes del o los personeros que comparecerán a las escrituras de compraventa de inmuebles o unidades del respectivo
conjunto habitacional o condominio.
VENDEDOR PERSONA NATURAL
Fotocopia de la cédula nacional de identidad del vendedor y de su cónyuge, si corresponde
Acreditar Estado Civil:
Si fuere soltero, casado en régimen de sociedad conyugal o viudo, Declaración Jurada otorgada ante Notario y 2 testigos en formulario Banco Estado. (Notaria)
Si fuere casado en régimen separación total de bienes, participación en los gananciales, divorciado o separado judicialmente, acompañar Certificado de Matrimonio con sus
anotaciones emitido con una antigüedad no superior a 30 días (Registro Civil)
Si el vendedor actúa representado, acompañar copia autorizada de la escritura pública donde conste el poder; si ésta tuviere más de un año de otorgada, acompañarla con certificado
del Archivo Judicial de que el poder no ha sido revocado. (Archivo Judicial de su ciudad)
Si uno o más de los vendedores fuere menor de edad, acompañar autorización judicial para enajenar.
SITUACIONES ESPECIALES
En el evento que en el certificado de gravámenes y prohibiciones figure:
Hipotecas en favor de otro Banco, acompañar:
Cláusula de comparecencia y liberación del acreedor hipotecario e indicar si se operará mediante carta de resguardo.
Mandato mediante el cual la sociedad vendedora faculte al Banco para entregar el producto del mutuo que se otorgue al comprador, a la respectiva institución acreedora.
Cuando el dominio vigente o los anteriores dentro de los últimos 10 años hayan sido adquiridos por herencia se deben adjuntar
los siguientes documentos:
Copia de la Inscripción de la Posesión Efectiva (CBR)
Copia de la Inscripción Especial de Herencia (CBR)
Copia del testamento y de su Inscripción en CBR si corresponde (CBR)
Copia de la Exención o Pago de impuesto a la Herencia (S.I.I. Este documento se presenta en caso de no encontrarse inscrito al margen de la posesión efectiva)
En caso que el vendedor o comprador persona natural actúen representados se les debe solicitar escritura pública de mandato especial. Tratándose de comprador chileno en el
extranjero usar mandato, cuyo modelo se encuentra publicado en Intranet.
En caso que el comprador sea beneficiario de un Subsidio Habitacional, deberá acompañar:
Copia del certificado de subsidio. ( Con fecha de vencimiento superior a 60 dias desde la fecha de recepción de la carpeta)
Copia de Libreta de Ahorro para la vivienda.
Firmar el correspondiente formulario de mandato para contratar los seguros exigidos para las operaciones subsidiadas.
Certificado de recepción Final Municipal (Debe estar acogida al DFL2 del año 1959)
ANTECEDENTES DE LA PROPIEDAD
TÍTULOS VIVIENDA USADA
Copia Autorizada de la escritura pública actual propietario. De no tenerla solicitar a Archivo Judicial de su ciudad.
Copia de la inscripción de dominio, con certificado de vigencia no superior a 60 días. (Conservador de Bienes Raíces)
Certificado de hipotecas, gravámenes y prohibiciones, de 30 años a la fecha, con una antigüedad no superior a 60 días (Conservador de Bienes Raíces)
Copias de las inscripciones de dominio a nombre de todos los antecesores en el dominio, hasta completar 10 años. (Conservador de Bienes Raíces)
Copias de las escrituras públicas en mérito de las cuales se practicaron las inscripciones antes señaladas. (Archivo Judicial - Carmen 339-Santiago)
Certificado de no expropiación emitido por SERVIU, con no más de 60 días de emisión (SERVIU)
Certificado de no expropiación emitido por Municipalidad, con no más de 60 días de emisión o plazo indicado en el certificado (Municipalidad de la Comuna)
Certificado de deudas de contribuciones y comprobante de pago de la última cuota cancelada (Tesorería General de la Republica)
Certificado de Avaluo de Sii (www.sii.cl)
Tratándose de departamento, acreditar que se encuentra al día en el pago de los gastos comunes.(Este certificado, es entregado por el Administrador del Edificio) o Declaración Jurada
que libere a Banco Estado de la responsabilidad de este pago.
Acreditar pago de aseo domiciliario (Municipalidad) o Declaración Jurada que libere a Banco Estado de la responsabilidad de este pago.
Certificado de Vivienda Social cuando corresponda(Municipalidad de la Comuna)
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